Recientemente el Senado de la República aprobó una nueva tabla de enfermedades que afectan a los trabajadores en México. Esta tabla es un documento importante que las empresas y los líderes de Recursos Humanos deben conocer para proteger la salud de sus trabajadores y cumplir con las regulaciones laborales.
La tabla contiene una lista de enfermedades ocupacionales, que son aquellas enfermedades que se desarrollan como resultado directo de las actividades laborales. Con la aprobación del Senado, el total de enfermedades laborales pasará de 161 a 194 patologías, ya que algunos padecimientos fueron eliminados y otros se agruparon.
Algunas de las enfermedades incluidas en la nueva tabla son la neumoconiosis, la silicosis, la enfermedad de las vías respiratorias por asma y la enfermedad de la piel por contacto con sustancias químicas. Otras con cambios más destacables son las siguientes:
- Los trastornos mentales (estrés, ansiedad, depresión e insomnio)
- Las enfermedades de la mujer como la endometriosis o la infertilidad
- Los cánceres de origen laboral se amplían de cuatro a 30 tipos
- Las enfermedades derivadas de intoxicaciones se incrementan de 36 a 46 casos
- El grupo de patologías infecciosas y parasitarias pasará de 21 a 41 enfermedades, entre las que destaca el Covid-19.
Asimismo, la actualización del listado también trae consigo el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, las cuales contendrán la descripción del padecimiento, las ocupaciones a las que afecta y los exámenes de laboratorio necesarios para su diagnóstico.
Dicho catálogo de cédulas será una herramienta que ayudará a los médicos del trabajo para la evaluación y dictaminación de los padecimientos y estarán ligadas a la aplicación de la tabla de enfermedades.
Con esta actualización, se incorporan 88 nuevas enfermedades laborales y que están alineadas con la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11 de la Organización Mundial de la Salud (OMS), lo que significa que está actualizada con los últimos avances en medicina y salud en el trabajo.
Finalmente, se establece la obligación para la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de revisar al menos cada cinco años la tabla de enfermedades y las cédulas de valuación o cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen.
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